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jueves, 25 de junio de 2009

SCJN detiene sesgo a la libertad de expresión

Por: Anayeli García


José Sacramento Herrera, director del periódico regional Antorcha, de Acámbaro, Guanajuato, obtuvo un amparo definitivo por parte de la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) después de haber sido acusado por violar el honor y vida privada de un funcionario público.


Antonio Novoa Acevedo, ex presidente municipal de Acámbaro se basó en la Ley de Imprenta de Guanajuato vigente desde 1951 para argumentar que la publicación de una entrevista con su ex chofer, donde se relataban actos de corrupción, incurría en la violación de la ley.


Sin embargo, la Corte señaló que la acusación en contra del periodista es ilegítima, porque se basó en artículos inconstitucionales de la Ley de Imprenta guanajuatense.


De acuerdo con el artículo primero de dicha ley, “toda manifestación o expresión maliciosa hecha verbalmente o por señales en presencia de una o más personas, o por medio de manuscrito, o de la imprenta, del dibujo, litografía, fotografía o de cualquier otra manera que expuesta o circulando en público, o transmitida por correo, telégrafo, teléfono, radiotelegrafía o por mensaje, o de cualquier otro medio, exponga a una persona al odio, desprecio o ridículo, o pueda causarle demérito en su reputación o en sus intereses”.

El SCJN revocó la sentencia de más de tres años de cárcel por el delito de ataques a la vida privada, pues consideró una errónea interpretación de los artículos 6 y 7 de la Constitución, que consagran la libertad de expresión y el derecho a la información, así como errores en la aplicación de la Ley de Imprenta de Guanajuato.

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